Senda ciclopeatonal
Señales de indicación
Qué significa
Indica la existencia de una vía para peatones, ciclos y, en su caso, VMP, segregada del tráfico motorizado, y que discurre habitualmente por espacios abiertos, parques, jardines o bosques, si bien fuera de poblado puede discurrir también paralela a la carretera. En presencia de personas caminando, los ciclos y, en su caso, los VMP deberán reducir su velocidad para garantizar la seguridad y la convivencia. Asimismo, las personas viandantes facilitarán el paso de los ciclos y, en su caso, los VMP.
Ficha
- Código oficial
- S-33
- Familia
- Señales de indicación
- Norma
- Catálogo oficial de señales de circulación, fijado por el Real Decreto 465/2025 (página 81 del BOE)
Señales de indicación
Tienen por objeto facilitar al usuario de las vías ciertas indicaciones que pueden serle de utilidad. Se dividen en señales de indicaciones generales, de carriles (que indican una reglamentación especial para uno o más carriles), de servicio (que informan de un servicio de posible utilidad) y de orientación, que a su vez se reparten entre preseñalización, dirección, identificación de carreteras, localización, confirmación y uso específico en poblado.
Artículo 146 del Reglamento General de Circulación — texto vigente en el BOE
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