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Señal de tráfico R-420: Vía reservada y obligatoria para vehículos de movilidad personal
R-420

Vía reservada y obligatoria para vehículos de movilidad personal

Señales de reglamentación

Qué significa

Obligación para los conductores de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.

Ficha

Código oficial
R-420
Norma
Catálogo oficial de señales de circulación, fijado por el Real Decreto 465/2025 (página 66 del BOE)

Señales de reglamentación

Tienen por objeto indicar a los usuarios de la vía las obligaciones, limitaciones o prohibiciones especiales que deben observar. Se subdividen en señales de prioridad, de prohibición de entrada, de restricción de paso, otras de prohibición o restricción, de obligación y de fin de prohibición o restricción. Lo que mandan rige a partir del punto donde están colocadas, salvo que un panel complementario indique a qué distancia empiezan a regir.

Artículo 145 del Reglamento General de Circulación — texto vigente en el BOE

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